Autor Emilio González, CEO de Zoé IT Customs, Corp
Después de leer este artículo no entenderás por qué nadie te había dicho que hay otra alternativa. Un esquema desaprovechado por la industria IMMEX (Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación) es el Anexo 24 II SECIIT, el Anexo 24 I que es el que todos conocen induce al error ya que son muchos los factores que contribuyen para que la administración de la temporalidad de componentes vs BOM’s nunca coincida ya que Anexo 24 I es una administración paralela del ERP y el Anexo 24 II SECIIT por el contrario se monta directamente sobre la base de datos del mismo ERP, donde la autoridad reconoce que se pueden hacer ajustes tanto a la mercancía recepcionada, como la exportada. En lugar de trabajar con BOM’s que siempre es desfasado por la fechas de efectividad, lo que se extrae es el backflush para prueba de retorno que es el consumo real.
Se elimina por completo la factura de importación para efectos aduanales y se sustituye por un aviso, por lo cual se facilita la operación y la empresa jamás volverá a tener un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA), también ya no es necesaria la transmisión de COVE y la generación de Manifestación de Valor en Aduanas
¿Por qué no es conocido entonces? Es que si se curara a todos los enfermos la industria médica no existiría.
Alrededor de este padecimiento crónico ANEXO 24 I de la industria IMMEX siempre existirá un mercado paralelo de recaudación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) por errores u omisiones, y por lo tanto un mercado millonario de defensa, así que difícilmente un contribuyente IMMEX recibirá la asesoría correcta preventiva que representa el Anexo24 II SECIIT, y es mejor atender al paciente enfermo perpetuo IMMEX de manera correctiva ya que es más lucrativo.
Requisitos que deberán acreditar los interesados en obtener la modalidad de Comercializadora e Importadora u Operador Económico Autorizado 7.1.4.
Para los efectos del artículo 100-A de la Ley, los interesados que pretendan obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad Comercializadora e Importadora u Operador Económico Autorizado, bajo los rubros de Importador y/o Exportador, Controladora, Aeronaves, Sistema Electrónico para el Control de Inventarios de Importaciones Temporales (SECIIT), Textil y Régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico, además de lo señalado en la regla 7.1.1., deberán cumplir con lo siguiente:
Contar con un Programa IMMEX vigente, Haber contado los últimos 2 años con la autorización prevista en el artículo 100-A de la Ley., Cumplir con lo señalado en el apartado II, del Anexo 24 y con los lineamientos que al efecto emita la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE), mismos que se darán a conocer en la página electrónica www.sat.gob.mx
Y cumplir con al menos uno de los supuestos siguientes: Contar con al menos 1,000 trabajadores registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o mediante contrato de prestación de servicios, a la fecha de la presentación de la solicitud. Contar con activos fijos de maquinaria y equipo por un monto equivalente en moneda nacional a 30´000,000 dólares. Finalmente cotizar en mercados reconocidos en términos del artículo 16-C del Código.
Además…
A) Las mercancías importadas se registran al llegar a la empresa y no en la frontera.
B) Ya no es necesario contar con un almacén de Revisión previa en el extranjero. Lo que constituye un ahorro importante.
C) En el recinto fiscal del aeropuerto se descarga la mercancía en áreas especiales, a la fecha algunas de las empresas registradas han presentado ahorros que van en el rango mínimo de 2 millo¬nes de dólares.
E) El SAT controla las operaciones mediante un mecanismo de un acceso web que extrae los reportes de incidencias.
F) Importaciones y exportaciones mediante pedimentos consolidados mensuales, esto representa un ahorro en agentes aduales en un 70% aproximadamente.
G)Únicamente se declaran descripciones generales mediante Aviso de Importación.
Actualmente ya opera en 1.- Guadalajara, Jalisco; 2.- Altamira, Tamaulipas; 3.- Veracruz, Veracruz; 4.- Nogales, Sonora; 5.- Manzanillo, Sinaloa
6.- Nuevo Laredo, Tamaulipas; 7.- Colombia, Nuevo León; 8.- Toluca, Estado de México; 9.- Querétaro, Querétaro; 10.- San Luis Potosí, San Luis Potosí; 11.- Lázaro Cárdenas, Michoacán.
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