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ARTICULO 124. El régimen de tránsito consiste en el traslado de mercancías, bajo control fiscal, de una aduana nacional a otra.

 

 

El Artículo 124 Ley Aduanera Art 124 LA referente a régimen de tránsito se encuentra en el:

TÍTULO CUARTO Regímenes aduaneros

Ir al Capítulo V Tránsito de mercancías

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Ley Aduanera. Recuperado del Diario Oficial de la Federación. CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. Secretaría General. Secretaría de Servicios Parlamentarios.

 

Ley-Aduanera

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