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Por Mtra. Natalia Bezanilla Treviño, Directora y Fundadora de la Firma BEZT INTL.

Cualquiera diría ¿qué puede tener de fascinante el desperdicio? Si la propia palabra no refiere a nada que sea precisamente agradable.

Bueno, pues en el ámbito del comercio exterior y de manera más específica, en el control administrativo de una IMMEX, el tema del desperdicio puede tornarse en algo sumamente interesante, y en este artículo describiré los porqués.

 

 

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Comencemos por las diferentes maneras de disponerlo:

  • Donación: Es el procedimiento mediante el cual la IMMEX transfiere las mercancías consideradas como desperdicio (incluyendo maquinaria mayor a 3 años) a alguna institución o entidad autorizada para recibir donativos (Art. 172 RLA y regla 3.3.11), presentando los pedimentos que amparen el retorno y la importación definitiva de las mercancías y adjuntando la autorización de donación. Esto no será aplicable a los considerados residuos peligrosos de acuerdo con la Ley General para la prevención y gestión. En este supuesto, la mercancía no está sujeta al pago de impuestos (Art. 61 f.XVI LA).
  • Destrucción: en este caso, se presenta un aviso ante la administración Descentralizada de Auditoría de Comercio Exterior al menos 30 días antes de su disposición, (Art 142 RLA y regla 4.3.5) en donde se declara el contenido de las mercancías que serán sujetas a destrucción. Una vez presentado el aviso, estará a discreción de la autoridad presentarse o no al día y hora en que los desperdicios serán destruidos. Una pregunta interesante es ¿qué implica dicha destrucción? La legislación no indica un procedimiento para poder considerar que una mercancía fue destruida, por lo tanto, puede ser incinerada, compactada, confinada, enviada a una empresa recicladora, o simplemente disponer de ella en la basura, excepto los residuos peligrosos, que deberán apegarse a lo establecido el al Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y demás disposiciones aplicables a la materia.
  • Cambio de régimen/ regularización. Esto significa que los desperdicios pueden nacionalizarse para permanecer en territorio nacional (Regla 1.6.9). En caso de que el desperdicio sea derivado de una materia prima o producto terminado que haya excedido su plazo de permanencia, tendremos que considerar el esquema de regularización aplicando la regla 2.5.2. En ambos casos se utiliza la fracción del estado en que la mercancía se encuentra en su forma de desperdicio.
  • Transferencia a otra IMMEX. Una salida muy recurrente para el desperdicio es la transferencia a una recicladora con programa IMMEX para su tratamiento final. Esta operación está fundamentada en el art 109, 118, de LA, 1.6.9 y 4.3.21 de las RGCE
  • Retorno, como cualquier otra mercancía de importación temporal, de acuerdo con el art 109.

Además de la flexibilidad en su destino final, hay muchas consideraciones especiales para ellos:

  • Lo que se considera desperdicio. La propia definición de acuerdo con el artículo 2 de la Ley Aduanera, pone en primer lugar todo aquello que sea un residuo resultante del proceso productivo, pero también da entrada a muchos otros conceptos: los empaques de las mercancías de importación, las mercancías rotas, dañadas, desgastadas, obsoletas o inutilizables. Esta última aclaración de la definición abre un abanico muy amplio de lo que puede o no ser “útil” para un propósito productivo. Y si a esto le añadimos que, de acuerdo con el artículo 100-B de LA, las empresas certificadas, podrán considerar en esta categoría, aquellas rechazadas por el control de calidad, entonces podríamos afirmar que en la lista del desperdicio tendremos mucho más que solo residuos de la producción. De hecho, es muy probable que encontremos material que, aunque para la empresa importadora tenga una vida “inútil”, ese mismo material podría ser la materia prima más preciada para otra empresa.
  • Cambio de régimen a valor de desperdicio Se pueden cambiar de régimen a valor de desperdicio, y con ello habrá mucha ambigüedad de cómo determinar ese valor, pues como mencionamos con anterioridad, lo que para la empresa A es “basura” para la B es un gran recurso. Sin embargo, esta factibilidad conviene tanto a la que lo tira, como a la que podría recibirlo (llámese donataria o empresa que recibe mediante virtual) debido a que podrán determinar un valor de transacción, y una base gravable que será favorable para ambos, y que corresponda al estado físico de la mercancía.
  • Fracción arancelaria y determinación de impuesto: Para la determinación de la fracción, y por ende, el impuesto aplicable, el artículo 118 de LA señala que se clasificarán de acuerdo a la condición en la que están al momento de la exportación. Por otro lado, y de acuerdo con las reglas de calificación de origen de varios tratados, incluyendo el TMEC, se consideran originarios “los desechos y desperdicios derivados de la producción en el territorio de una o ambas Partes o de mercancías usadas recolectadas en el territorio de una o ambas Partes, siempre que esas mercancías sirvan sólo para la recuperación de materias primas;” En otras palabras, si la materia prima se introdujo al país dejando pendiente el pago del IGI, al considerarla desperdicio, para su disposición en cualquiera de los supuestos arriba mencionados, se usará la fracción y valor de desperdicio, y se podrá considerar originario de acuerdo con diversos tratados comerciales
  • Descargas en el SCI. Sea cual fuere el destino que le des a los desperdicios, estos se disponen en kilos, de acuerdo con la naturaleza del tipo de que sean (plástico, metal, cartón, etc) y no existe una obligación de detallar en pedimento ni factura los números de parte que lo constituyen. Podría pensarse que esto puede ser demasiado complejo; sin embargo, siendo que no existe un procedimiento que nos exija hacer un conteo físico de los números de parte a disponer, eso nos permitirá hacer uso eficiente de estos pedimentos o actas de destrucción para poder atacar los números de parte que más problema nos estén causando en el saldo abierto.

 

La Mejor Estrategia para Hacer del Desperdicio tu Aliado, Autora Mtra. Natalia Bezanilla, Directora de la Firma BEZT INTL

Es bien conocido que el manejo de desperdicio es un tema controversial en una empresa con programa IMMEX (Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicio de Exportación). Puede jugarte a favor, siendo la mejor estrategia para cerrar saldos excedentes, o también puede convertirse en un serio dolor de cabeza por no tener manera de relacionarlo.

Todo dependerá de la correcta administración que puedas tener de él y de qué tanto apoyo recibas de áreas como producción, materiales y finanzas para obtener información valiosa del proceso real.

Hay diferentes estrategias que se pueden implementar desde un principio, para que implementadas de manera eficiente, siempre juegue a tu favor en cualquier escenario.

Escenario 1. Los BOMs contienen un % de desperdicio

Cuando desde inicio sabemos, por la naturaleza del producto, que cierto porcentaje de la materia prima será desechada, se puede designar desde la importación la proporción que será considerada desperdicio, de tal manera que, al exportarse el producto terminado, el sistema aparte lo que corresponde a este rubro para que pueda ser destinado a uno de los regímenes previstos por la Ley Aduanera: donación, destrucción, cambio de régimen o exportación directa o virtual.

En este escenario, será necesario hacer la configuración precisa en el sistema de Anexo 24, en donde se indiquen los porcentajes de desperdicio por materia prima.

Supongamos que la opción que toma la empresa para el manejo de sus desperdicios es por cambio de régimen y que el porcentaje determinado es del 10%. En este supuesto, al cierre del mes, en una partida de materia prima que es importada para un producto terminado, observaremos realizada la descarga de un 90% por retornos de producto terminado (RT) y un 10% remanente. Este excedente es al que tendrá que aplicarse un cambio de régimen (F4) con las ventajas de poder utilizar un valor disminuido, una fracción genérica de desperdicio y considerarlo como originario de acuerdo con los principales tratados de los que México es parte.

De tal manera que el cambio de régimen de desperdicio resulta de poco costo y juega a favor de la empresa.  

 

Escenario 2. Se contabilizan las partes destinadas a scrap

En este escenario, el BOM no tiene conocido un porcentaje predeterminado, ya que la producción es variable; sin embargo, en el piso de producción se lleva un control estricto de las partes que son destinadas al desperdicio, generalmente por medio de una papeleta, en donde registran números de parte y cantidad y al final de cierto tiempo se contabilizan y entregan a la dirección de materiales para su disposición. Si esta información es compartida con el área de comercio exterior, estaríamos en uno de los escenarios más precisos y favorables para el descargo de la materia prima que se convirtió en desperdicio, y solamente restaría elegir el destino legal más conveniente para la empresa.

Normalmente, esos contenedores o gaylors que almacenan el desperdicio, están separados por tipo de componentes: plástico, metal, cartón, electrónico, rebabas, etc. En el mundo ideal, estos gaylors deben ser pesados por la misma compañía que los dispone o bien, contratar una recicladora con programa IMMEX a quien le pueda transferir mediante pedimentos virtuales, y haga las funciones de pesaje de cada contenedor.

Bajo esta situación, el área de comercio exterior tendrá a la mano información indispensable para su procedimiento: por un lado, tiene las papeletas con los números de parte exactos y su cantidad, y por el otro tiene los pesos y tipos de material para ser declarados en un pedimento de transferencia virtual.

Recordemos que, en las transferencias virtuales de desperdicio, la mercancía pierde su naturaleza original, no solo cambia de número de parte, sino que cambia de fracción original a una genérica de desperdicio, de descripción y de unidad de medida que siempre estará expresada en kilos.

Viéndolo desde el punto de vista de descargas, el sistema va a requerir de las importaciones los componentes realmente utilizados de acuerdo con su billete de materiales, y de manera paralela e independiente, se estarán consumiendo saldos por número de parte llamados por un listado de consumo relacionado a un pedimento virtual de exportación.

 

Escenario 3. Sólo se tienen kilos reportados por la recicladora

Desafortunadamente, este es el escenario más común, y en ocasiones nos encontramos con que las recicladoras reportan solamente parte de los kilos que reciben de las IMMEX. Suele ser también el supuesto en donde más “fuga” de desperdicio de manera desfavorable tenemos para la administración de las descargas. Incluso hemos llegado a ver casos en donde las recicladoras se llevan la mercancía, existen facturas de ventas de desperdicio de parte del área de finanzas, pero no existe ningún documento aduanero que soporte a esas operaciones.

¿Cómo podemos remediarlo?

Para los casos en donde no existe una documentación del desperdicio que fue recopilado y extraído por otra empresa, la única alternativa es la del cambio de régimen utilizando el beneficio del valor de desperdicio para esas operaciones.

En los casos en donde sí existen operaciones documentadas (pedimentos virtuales) y lo único que tenemos son los kilos por tipo de material, estamos en una posición más favorable.

Para poder sacar provecho de esta situación, será indispensable contar con información muy precisa que nos permita relacionar los kilos con números de parte:

  • Peso unitario de la materia prima, en kilos preferentemente
  • Naturaleza del material; es decir, plástico, metal, aluminio, electrónico, para poder identificar a qué tipo de desperdicio pudo haber sido destinado.
  • Costo unitario
  • Investigar con producción cuáles componentes pueden ser destinados a desperdicio, cuáles se reutilizan y cuáles se les da otro tratamiento.

De esta manera, al cerrar el mes y una vez habiendo corrido descargas, tendremos un saldo abierto por clasificar. Primero separamos los que son enviados a recicladora, de ellos, separamos por tipo de material, y de acuerdo con su peso unitario calculamos el peso en kilos de esos componentes. Teniendo este listado, conviene sortear por costo unitario para darle prioridad a los de mayor valor para ser incluidos en el descargo del desperdicio.

Una vez recibido el reporte de la recicladora con los pesos y tipos de material, podemos relacionar el saldo abierto de acuerdo a los kilos y tipo de material con los pedimentos virtuales, cuidando mantener el mismo tipo de componentes y no rebasar los kilos declarados.

Si el manejo de nuestro desperdicio es estándar, también podrían hacerse mediante BOMs de desperdicio basados en la proporción de la importación y asignando por cada kilo esa misma proporción de componentes por tipo de desperdicio. Sin duda habrán mas escenarios y variables en la vida real, sin embargo se plantean los más comunes como una guía para su mejor manejo. Recuerden que siempre buscaremos la mejor alternativa para ustedes.

 

regímenes aduaneros

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