Autor Mtro. Jaime Galicia Briseño, Socio de Galicia Briseño Abogados
La facilitación del comercio es un concepto comprehensivo que incluye obligaciones tendientes a simplificar, modernizar y armonizar los procedimientos de exportación e importación con la finalidad de agilizar el movimiento, el levante y el despacho de las mercancías. Estas disciplinas se incluyen en el Acuerdo de Facilitación del Comercio (AFC) de la Organización Mundial del Comercio (OMC) que entró en vigor en febrero de 2017 y del cual México es parte .
La creación del Comité Nacional de Facilitación del Comercio (CNFC) el 22 de enero del 2021 y del Micro sitio de la Secretaría de Economía para comentarios y propuestas ha dado actualidad al tema.
Desde 1996 en Bali se planteó la importancia de la facilitación del comercio. Se ha querido ver el tema como novedoso pero ha estado implícito en los principios del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT, por sus siglas en inglés). El artículo VIII, inciso c) del GATT establece que las partes reconocen la necesidad de reducir al mínimo los efectos y la complejidad de las formalidades de importación y exportación y los requisitos documentales. Lo que resulta importante es el énfasis dado a partir del AFC.
A 73 años de la entrada en vigor del GATT hoy OMC y ocho rondas comerciales, resulta evidente la necesidad de reforzar la facilitación del comercio y revisar la manera en que hemos aplicado las disposiciones del Acuerdo. Las negociaciones consistían inicialmente en reducciones arancelarias pero se fueron ampliando para incluir obstáculos no arancelarios y temas nuevos, como servicios y propiedad intelectual. Acuerdos comerciales como el TPP, el TLCUEM 2.0 y el T-MEC, incluyen la facilitación del comercio.
En el Acuerdo que crea el CNFC, la Secretaría de Economía (SE) reconoce la importancia de eliminar procedimientos, trámites y requisitos ineficientes, lo que se traducirá en reducción de costos y simplificación.
El Comité es presidido por la Titular de la Secretaría de Economía y se integra con representantes de nueve Secretarías, siendo invitados permanentes el Banco de México, el SAT, COFEMER y COFECE. Su objeto es facilitar la coordinación entre dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para el diseño, ejecución y evaluación de programas y acciones en la materia, así como para implementar el AFC.
La facilitación del comercio servirá para mejorar la comunicación y coordinación entre la Subsecretaría de Comercio Exterior de la SE y la Administración General de Aduanas (AGA) del SAT, pues tradicionalmente la comunidad de comercio exterior ha padecido duplicidades y discordancias causados por la deficiente coordinación entre autoridades. Es importante aprovechar la experiencia de AGA en materia de simplificación y armonización aduanera. México no se ha adherido al Convenio de Kyoto Revisado, pero ha emprendido esfuerzos para adoptar sus disciplinas.
Existen numerosas áreas de oportunidad en materia de facilitación del comercio, ejemplificativamente pueden mencionarse:
a) Simplificar el marco normativo de Comercio Exterior. Sus disposiciones son vastas y contradictorias, lo que dificulta su comprensión, interpretación y aplicación. La constante modificación de las reglas de comercio exterior introduce inseguridad jurídica, se ha privilegiado control sobre facilitación.
b) Eficientar la integración y uso de plataformas tecnológicas, como ventanilla única, buzón tributario y el portal del SAT, para un control efectivo de los usuarios del comercio exterior, lo que permitirá conocer su historial de cumplimiento y facilitar su operación. El tiempo del despacho aduanero se puede reducir mediante el uso de estas herramientas.
c) Simplificar los 160 identificadores existentes en el Apéndice 8 del Anexo 22 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE), ya que resultan excesivos y a menudo, no hay claridad en cuanto a su procedencia.
d) Actualmente existen 46 causales de suspensión en el padrón de importadores que deben ser simplificadas. Se ha distorsionado la función y utilidad de los padrones.
e) En el Esquema de Certificación de Empresas, Modalidad IVA e IEPS y de Operador Económico Autorizado, evaluar la capacidad y estándares de control y cumplimiento fiscal y aduanero con que cuenta el solicitante y reducir el umbral del valor mínimo de importaciones anuales, lo que permitirá a las PYMES y MIPYMES acceder a estos beneficios.
La facilitación del comercio alude a un claro compromiso de revisar los actos, prácticas y formalidades en esta materia con el propósito de simplificar y armonizar procedimientos y reducir costos mediante la mejora de la eficiencia. La adopción de estas medidas y otras que se propondrán en el Micro sitio de la SE puede ser un buen comienzo.
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